ABRIL 2017

Reconocimiento oficial y uso del logo en los concursos de vinos

Las condiciones generales para el reconocimiento, concesión y uso del logo serán las siguientes: garantizar el libre acceso y participación de los interesados; establecer mecanismos que impidan cualquier discriminación entre vinos de la misma categoría y origen geográfico que participen en el concurso; el jurado deberá catar a ciegas los vinos y clasificarlos en función de su calidad intrínseca mediante un sistema de puntuación creado “ad hoc”; fijar un número limitado de distinciones que no superen el 30 % de premios sobre el total de muestra de vino presentadas; y, por último, ofrecer garantías de imparcialidad, competencia técnica, organización, independencia y confidencialidad en su actuación.
Con respecto a las condiciones particulares, éstas se fijarán en función del ámbito territorial del concurso, en la forma siguiente:
► Concursos de ámbito internacional:
-Se exigirá la participación en la edición precedente de muestras originarias de al menos 5 países, además de España, en el caso de los concursos generales y de
al menos 3 países, además de España, en el caso de los concursos por categoría o tipo de vinos.
-La cantidad de muestras originarias de otros países distintos de Españadeberá representar al menos un 15 % de la cantidad total de las muestras presentadas en la edición precedente.
-La cantidad total de las muestras presentadas para cada concurso deberá ser superior a 350 en el caso de los concursos generales o de 150 en el caso de los concursos por categoría en la edición precedente.
►Concursos de ámbito nacional:
-Se exigirá la participación en la edición precedente de muestras originarias de al menos 5 comunidades autónomas distintas a aquella en cuyo territorio se celebre el concurso, en caso de concursos generales, y de al menos 2, en el caso de los concursos por categoría o tipo de vinos.
-La cantidad de muestras originarias de comunidades autónomas distintas a aquella en cuyo territorio se celebre el concurso deberá́ representar al menos un 25 % de la cantidad total de las muestras presentadas en la edición precedente.
-La cantidad total de las muestras presentadas para cada concurso deberá ser superior a 200 en el caso de los concursos generales o de 125 en el caso de los concursos por categoría o tipo de vino en la edición precedente.
►Concursos cuyo ámbito nacional sólo incluye vinos amparados por una DOP de carácter supra autonómico. En ellos, seexigirá la participación en la edición precedente de muestras que representen, al menos, al 20 % de las bodegas inscritas en la DOP que potencialmente puedan participar en el concurso de acuerdo con sus bases.
Así mismo, y de forma extraordinaria, el MAPAMA podrá conceder el uso del logo a los concursos que no reúnan los requisitos expuestos, que vengan avalados por dos o más Comunidades Autónomas o, en su caso, que hayan logrado la distinción de la Organización Internacional de la Viña y del Vino (OIV).Con una antelación de tres meses antes de la fecha prevista de inicio del concurso, deberá presentarse la solicitud en el MAPAMA, incluyendo datos referidos a las bases del concurso, ámbito, tipos de vino que pueden concurrir, jurado, número de distinciones, etcétera.
La resoluciónse comunicará a la entidad solicitante en el plazo de dos mesesdesde la presentación de la instancia y, también en el plazo de dos meses desde su conclusión, la entidad organizadora deberá remitir al MAPAMA una Memoria que informe de sus resultados.